Partidofobia y partidocracia en la constitución de 1999
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La Constitución venezolana de 1999 no menciona a los partidos políticos y no es un hecho inocuo, pero genera consecuencias e interrogantes importantes acerca de su significado para el derecho constitucional y el sistema político. Dicha constitución apunta hacia una concepción de la organización política de la sociedad, donde se sustituye la representación pluralista por una representación monástica con una dirección orientada a la burocracia y al centralismo de manera factual y normativa, en vez de ser un recurso estilístico. Por lo tanto, tenerle fobia a los partidos políticos tiene que ver más con la fobia a tal representación pluralista que con la idea de la representación como tal. Esto se puede observar en cuatro temas fundamentales: 1) los partidos políticos como tales se convierten en organizaciones de frente extremadamente inestables y cambiantes, 2) las nuevas organizaciones políticas se conciben como instrumentos para la política revolucionaria del gobierno y ya no como fuerzas diversas e innovadoras, 3) las organizaciones sociales y no gubernamentales sufren un proceso de neutralización política en el que se tiene que observar de cerca su comportamiento y se deben tomar medidas para evitar que se conviertan en actores opositores, contrario a los principios de la democracia participativa. De igual forma, los sindicatos y asociaciones profesionales son controlados a través de la intervención del Poder Electoral y el Consejo Electoral.