La suficiencia del titulo ejecutivo previo en la vía de hecho y su incidencia sobre la autotutela ejecutiva: análisis enfocado desde la nulidad absoluta

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El presente artículo científico pretende estudiar la correspondiente configuración de la vía de hecho como vicio invalidatorio de las actuaciones materiales dentro de los lineamientos establecidos por la evidenzetheorie para las nulidades de los actos administrativos. Discrepando así que, la vía de hecho implica necesariamente la nulidad de su acto administrativo formal previo. Esa afirmación es una media verdad. La nulidad de los actos administrativos es una consecuencia nacida de la constatación negativa del acto administrativo formal con los requerimientos del ordenamiento jurídico. Y la vía de hecho constituye un vicio invalidatorio de las actuaciones materiales. El único nexo existente entre ambas nociones jurídicas deviene cuando, la administración pública ejecuta un acto administrativo formal nulo. La vía de hecho es un vicio invalidatorio aplicable únicamente a las actuaciones materiales contrarias a derecho.

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