De la estructura superior de co-gobierno de la universidad venezolana en el marco de la constitución de la república bolivariana
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Con base en las leyes, reglamentos y normas que rigen la organización y administración de las universidades públicas de seis países Latinoamericanos, se presenta la composición y peso de los miembros de las comunidades universitarias en los órganos del cogobierno universitario y en los sistemas de designación de las autoridades unipersonales superiores. Sin menoscabo de otras consideraciones, para el sistema universitario de los países latinoamericanos analizados, en sus órganos superiores de co-gobierno se observa lo siguiente: 1.-Las universidades funcionan mayoritariamente con un máximo de dos autoridades. 2.- Se ha minimizado el poder de decisión del estudiantado. 3.- Se tiende a eliminar la participación del egresado. 4.- La
representación profesoral tiende a no ser democrática, justificando el predominio de las jerarquías superiores.- 5.- Se privilegia el poder de decisión de las autoridades uninominales como decanos, directores de escuelas e institutos que en algunos casos son designados y no electos. 6.- Se mantiene segregado el sector no docente de su corresponsabilidad en la función y pertinencia de la universidad. 7.- No se le da cabida a los órganos de gobierno comunales. 8.- Se mantiene alejada a la comunidad del cogobierno universitario. 9.- En Venezuela no existe órgano de cogobierno superior universitario que asegure la rendición de cuentas, contraloría de las autoridades y toma de decisiones transcendentales de la universidad.