La entrega controlada y la entrega vigilada en la ley orgánica contra la delincuencia organizada y financiamiento al terrorismo de la República Bolivariana de Venezuela
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SaberULA
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La presente investigación tiene como objetivo analizar las técnicas especiales de investigación consagradas en la Ley Orgánica Contra la Delincuencia Organizada y Financiamiento al Terrorismo, por lo que se pretende determinar los elementos comunes y opuestos de la entrega controlada y la entrega vigilada, en base a los conceptos de, delincuencia organizada, definición y necesidad del uso de técnicas especiales de investigación penal, entrega vigilada y entrega controlada como institutos jurídicos inherentes de la actividad de investigación penal, sus similitudes y diferencias, agente encubierto, agente provocador, aplicación de la entrega y de la vigilancia controlada (agentes encubiertos), de conformidad con los artículos 4 y 66 de la vigente Ley Orgánica Contra la Delincuencia Organizada y Financiamiento al Terrorismo en Venezuela, asimismo la responsabilidad penal del agente provocador en su actuación de los procedimientos de entrega controlada, bajo la dogmática de la teoría del delito. Para la realización del presente trabajo de investigación se utilizó una metodología bajo un diseño bibliográfico de tipo documental de nivel aprehensivo, donde se copilo recursos documentales, tales como libros doctrinales y leyes. Se pudo concluir que la entrega controlada y vigilada, aunque tiene elementos comunes son diferentes entre sí, por ende, lo que quiso regular el legislador es la entrega controlada, de acuerdo a esto, el agente encubierto que actúa como agente provocador, en la entrega controlada bajo un análisis de los elementos del delito, se observó que no tiene responsabilidad alguna, excepto si actúa con previsibilidad, dejando claro que se considera que la entrega controlada en la legislación interna no permite el agente provocador.