Los consejos locales en el diseño constitucional de la democracia participativa en Venezuela
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La Constitución de 1999 plantea, por primera vez, el diseño de una democracia participativa, separándose así de lo que había sido una constante en la historia constitucional republicana de Venezuela: la democracia representativa. Este modelo de democracia participativa se basa en la premisa de que, para que se democratice la gestión pública la participación ciudadana debe equilibrar el poder. Mediante el estudio del esquema constitucional de la democracia participativa, se inicia el trabajo con una breve disquisición teórica sobre el sentido y alcance de esta propuesta, para proceder al análisis de los Consejos Comunales, como instancias -consagradas en la ley que los crea- vinculadas directamente con la concreción de los principios rectores de la democracia participativa, con la idea de identificar si el diseño normativo de esta ley viabiliza el constructo constitucional planteado en la Carta Magna de 1999. Se concluye que la concentración de poder, la superposición de funciones y la ambigüedad de las normativas no viabilizan la incorporación de la sociedad organizada para el fortalecimiento y democratización de la gestión pública.