El Control Institucional de Thomas Hobbes: Ley de Tierras y Desarrollo Agrario (2001)
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El 13 de noviembre de 2000, el presidente en funciones Hugo Chávez, haciendo
uso del discurso argumental como fuente de pactos emocionales propios del estado
natural en la dualidad sensación e imaginación (Leviatán), solicitó a la Asamblea
Nacional autorización para legislar por vía de la Ley Habilitante, proposición que fue
aprobada por el Poder Legislativo, el cual de conformidad a lo establecido en la
Constitución venezolana, le otorgó 1 año para su ejercicio en las materias que el
Ejecutivo Nacional consideró conveniente, de allí que a partir del 9 de noviembre de
2001, dicho poder promulgó y sancionó 49 leyes. La presente investigación es de tipo
descriptivo bajo un diseño documental crítico, centrada en considerar desde tal
perspectiva los antecedentes inmediatos, contenido y alcance normativo
específicamente de la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario, trayendo resultados de alto
impacto político, no obstante, la oposición no activó la vía correspondiente para su
modificación, anulación o derogación, lo que conllevó a la institucionalización
(Hobbes) normativa de la tenencia, regularización, expropiación y adjudicación de las
tierras con vocación agrícola por parte del Estado venezolano de forma pacífica y legal,
aunque con extralimitación de funciones administrativas ampliamente discrecionales.