La amputación de las potestades normativas del Municipio en materia de Función Pública, por vía legislativa y jurisprudencial en Venezuela.

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Se presenta un trabajo relacionado con la Ley del Estatuto de la Función Pública que sorpresivamente y sin antecedente histórico dejó atrás la práctica legal donde los Estados Federados y los Municipios dictasen sus propios instrumentos normativos mediante sus Asambleas Legislativas y luego sus Consejos Legislativos, o de sus Cámaras Municipales y los Concejos, para regular el ámbito sustantivo, orgánico y competencial de sus relaciones de empleo público desarrolladas en sus específicas esferas territoriales. Lo anterior resta considerablemente las competencias de los municipios en el Estado venezolano. Sin embargo, ninguno de los 335 Municipios y 23 Estados Federados opuso resistencia a tal situación, ya que sus respectivos órganos legislativos no reivindicaron sus competencias normativas en materia de función pública, al no plantearse un instrumento jurídico que eventualmente pudiese plantear el conflicto existente entre las leyes.

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